Cuando las víctimas asistidas por Coronado, en julio de 2024, presentaron formalmente una solicitud para acceder al expediente del caso Lute, la Conferencia Episcopal Peruana respondió con un comunicado en el que anunciaba que Coronado «no podía recibir la aprobación para ejercer como abogado eclesiástico» y prohibía su intervención en causas canónicas.
Para justificar la medida, el comunicado —emitido tras la asamblea plenaria de obispos peruanos— citaba el canon 1483 del Codex Iuris Canonici. No obstante, las conferencias episcopales no tienen potestad para inhabilitar a abogados. Nos hallamos, pues, ante una situación en la que un órgano carente de competencia judicial ha emitido una declaración pública contra el letrado de las víctimas de abusos.
Los obispos peruanos inhabilitaron a Coronado sobre la base de acusaciones que se fundamentan esencialmente en el testimonio de una persona adulta, identificada con las iniciales M.V.T., que relataba un encuentro de carácter íntimo con Coronado en Lima y conversaciones obscenas a través de redes sociales. Coronado precisa, no obstante, que «el encuentro con M.V.T. no fue íntimo en ningún sentido». «Fue un encuentro personal. La versión que esta persona dio bajo la dirección de Prevost es que yo habría vivido en concubinato». Actualmente, un proceso por difamación contra M.V.T. se halla en curso en Lima.
En diciembre de 2024, Coronado recibió la notificación de su dimisión del estado clerical por decreto papal; sin embargo, el documento presentaba una irregularidad: carecía de la firma autógrafa de Francisco.
Por entonces, con un papa físicamente y mentalmente debilitado, se especuló mucho acerca de resoluciones atribuidas al pontífice pero adoptadas mediante procedimientos, cuanto menos, turbios.
El caso de Coronado forma parte de ese clima: la sanción en su contra fue «fabricada» como castigo por solicitar el acceso al expediente de Lute.
Mientras tanto, nadie en la Iglesia se ha preocupado por ofrecer a las víctimas otro abogado canonista.
Sería, sin embargo, equívoco poner en la misma balanza ambas medidas, como si se tratara únicamente de un exceso de severidad: el trato dispensado a Lute y el dispensado a Coronado no son comparables, pues obedecen a lógicas distintas. La dispensa de la primera respondía a la clausura del caso; la persecución contra la segunda buscaba impedir que este se abriera. Las durísimas disposiciones adoptadas contra el canonista —la inhabilitación decretada por un órgano sin potestad y, cuatro meses después, la dimisión del estado clerical por decreto privado de la firma autógrafa del pontífice— fueron, en definitiva, funcionales a la ascensión de Prevost a la cátedra: hubo que remover a tiempo al único sujeto que, con los instrumentos del derecho, habría podido sacar a la luz el expediente de Chiclayo.
Aquí urge rechazar una lectura consoladora que incluso circula entre críticos: aquella según la cual otros habrían aprovechado el precario estado de salud de Bergoglio para manipular, a sus espaldas, los mecanismos de la justicia eclesiástica. La realidad es distinta. Bergoglio debía preparar el fin del pontificado y eliminar cualquier obstáculo que se opusiera al suyo; procedió, pues, con la claridad que le caracterizó hasta el último instante. Atribuir a la enfermedad lo que, en cambio, fue un acto de gobierno premeditado implica conceder la atenuante de la incapacidad justamente donde se pone de manifiesto la premeditación del mal.
Con posterioridad hemos sabido además que el actual secretario particular de León XIV, don Edgard Rimaycuna, había sido discípulo de padre Eleuterio Vásquez. La noticia se contiene en «El pastor y los lobos», obra de Santiago Roncagliolo encomiástica con León XIV.
Esta revelación sitúa, entonces, al colaborador más cercano del pontífice en el círculo de Lute.
Respecto a Rimaycuna conviene añadir otros detalles. El futuro secretario de León XIV, el mismo día en que la Conferencia Episcopal Peruana publicó su nota sobre el abogado Ricardo Coronado, compartió en Facebook la declaración de los obispos acerca del canonista. «Para estar informados», escribió Rimaycuna.
Por entonces, Rimaycuna residía en Italia desde hacía casi un año: había abandonado Chiclayo en octubre de 2023 para formar parte de la comitiva del entonces cardenal Robert Prevost, prefecto del Dicasterio para los Obispos. Tras la elección de Prevost como León XIV, fue nombrado su secretario personal el 8 de mayo de 2025 y, en noviembre de 2025, capellán de Su Santidad.
Rimaycuna celebró su primera misa en 2014 en la parroquia de San José Obrero de La Victoria, donde Lute había ejercido de párroco y donde las víctimas sitúan parte de los hechos denunciados.
En una carta de octubre de 2025 [aquí], Ricardo Coronado se defiende de las acusaciones y recuerda que fue precisamente el entonces obispo Prevost, en su calidad de responsable de la comisión episcopal peruana para la escucha de víctimas de abusos, quien dirigió la investigación contra él.
En diciembre de 2023, la diócesis de Chiclayo desestimó todas las acusaciones, afirmando que Prevost se había reunido personalmente con las víctimas, había iniciado una investigación canónica y había remitido puntualmente los resultados al Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
Queda, con todo, un último detalle revelador. La tesis según la cual la dispensa del estado clerical extingue la causa penal canónica —teoría que permitió cerrar el caso Lute sin dilucidar nada ni reparar daños— no es una improvisación de algún delegado. Tiene un autor y una doctrina: monseñor Jordi Bertomeu Farnós, oficial del Dicasterio para la Doctrina de la Fe y comisario pontificio para el caso del Sodalitium Christianae Vitae, quien la teorizó por escrito en 2021 en la revista Ius Canonicum de la Universidad de Navarra, admitiendo expresamente que esta vía «interrumpe las investigaciones o el proceso en curso sin llegar a conclusión alguna sobre la culpabilidad del imputado», y legitimándola en nombre del bonum commune.
Pues bien: este mismo monseñor Bertomeu, oficial del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, fue filmado el pasado 13 de agosto en Cusco —durante un acto eclesial presentado como etapa preparatoria del viaje del papa a Perú— depositando con estudiada compostura sendas hojas de coca en el «pago a la tierra», esto es, en la ofrenda ritual a la pachamama. La crónica oficial de Vatican News, que enmarcaba el evento en el camino de preparación del viaje papal, omitió tanto la ceremonia como la presencia de Bertomeu.
No es un detalle pintoresco ni un episodio marginal. Es el retrato cabal de la crisis que atravesamos: el mismo eclesiástico que elabora la doctrina que permite salir impune a un acusado de abusos a tres menores —sin sentencia ni reparación— rinde culto público a un ídolo infernal. Ambos hechos no son ajenos; sería ingenuo tratarlos como tales. La fe y la justicia se sostienen o se derrumban juntas: quien rinde homenaje a la tierra no tendrá escrúpulos en negar a las víctimas el pan de la verdad, porque ya se lo ha negado a Dios al tributarlo a lo que no es Dios. Cuando la adoración al Dios Vivo y Verdadero se corrompe y se sustituye por un acto de idolatría y superstición, el derecho se convierte en instrumento de quienes mandan, y el Templo, despojado de su Huésped divino, se reduce a una oficina en la que se archivan expedientes. Pero esto no supone un problema para quien, unos días atrás, exhortaba a la conversión (sic) a la ideología green.